Plan de ordenación territorial - Actualización (estado: «aprobación»)
Para familiarizarse con el tema, le recomendamos que, en primer lugar, dedique un tiempo a consultar las«Preguntas frecuentes y respuestas (PDF)» sobre el Plan de Ordenación Territorial (FNP).
Le rogamos que se haga una idea general de los pasos procedimentales más importantes establecidos por la ley y de las«Etapas de la actualización (PDF)».
¿Cómo puedo participar?
Los plazos de participación han finalizado (véase«Etapas de la actualización (PDF)»).
Estado actual del procedimiento: Plan de Ordenación Territorial (FNP) aprobado por el Ayuntamiento
Sobre la base de la resolución de ponderación 26/0862-BV, el Ayuntamiento de Jena ha aprobado el Plan de Ordenación Territorial 04/2026 mediante la resolución de aprobación 26/0863-BV. Las resoluciones se publicaron en el Boletín Oficial 27/26 del 9 de julio de 2026.
La resolución de aprobación supone la finalización formal del procedimiento de planificación municipal y crea las condiciones necesarias para presentar el Plan de Ordenación Territorial ante la autoridad administrativa superior para su aprobación. A diferencia de un plan de ordenación urbanística, el plan de ordenación territorial no se aprueba como norma municipal, sino que se aprueba mediante resolución de aprobación.
El Plan de Ordenación Territorial aprobado consta de los siguientes elementos:
- Plano del Plan de Ordenación Territorial
- Exposición de motivos
- Mapa anexo «Adaptación al cambio climático»
- Informe medioambiental
Puede consultarlos en la sección «Descargas ».
En la siguiente fase, se informará al público, así como a las autoridades y demás organismos de interés público que hayan presentado alegaciones, del resultado de la ponderación confirmada por el Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 3, apartado 2, frase 4, de la Ley de Ordenación Territorial (BauGB). Además, la versión definitiva del Plan General de Ordenación Territorial (FNP) se presentará a la autoridad administrativa superior para su aprobación. El FNP actualizado entrará en vigor tras la publicación de la aprobación, de conformidad con el artículo 6, apartado 5, de la BauGB.
¿Por qué es necesario actualizar el Plan de Ordenación Territorial (FNP)?
Obligación de elaborar y actualizar el Plan de Ordenación Territorial
La elaboración y actualización del Plan de Ordenación Territorial (FNP) forma parte de las funciones obligatorias de los municipios, de conformidad con el artículo 5, en relación con el artículo 1, apartado 3, de la Ley de Ordenación Urbanística (BauGB). El Plan de Ordenación Territorial (FNP-2006), en vigor desde 2006, se actualiza, ya que las condiciones marco del desarrollo urbano y los objetivos de planificación evolucionan constantemente. El objetivo y la finalidad de la planificación es garantizar un desarrollo municipal sostenible a largo plazo, teniendo en cuenta el cambio demográfico, la oferta de vivienda en Jena, la consolidación de la ciudad como centro económico y las consecuencias del cambio climático.
Cambios respecto a la elaboración del FNP de 2006
En el momento de la elaboración del FNP-2006, las previsiones presupuestarias y demográficas de 2003 aún apuntaban a una tendencia a la baja en el número de habitantes. Desde entonces, Jena ha seguido desarrollándose. Tanto las previsiones presupuestarias y demográficas de 2014 como las actuales de 2019 pronostican tendencias de desarrollo positivas para Jena. En la actualización del Plan General de Ordenación Territorial (FNP), debido al dinámico desarrollo del núcleo urbano de Jena, también habrá que tener en cuenta la designación de nuevas zonas edificables. Dada la oferta limitada de suelo en Jena, es necesario gestionar los terrenos de forma estratégicamente sensata. En este sentido, deben establecerse prioridades para un desarrollo económico y social sostenible, teniendo en cuenta las repercusiones ecológicas.
¿En qué principios se basa la actualización?
Integración de los planes de desarrollo sectoriales
La base para la actualización del Plan General de Ordenación Territorial (FNP) la constituyen los distintos planes de desarrollo sectoriales de la ciudad. Estos se han actualizado en los últimos años a partir de las previsiones actuales de población y presupuesto, y la mayoría de ellos han sido ratificados mediante resoluciones del Ayuntamiento.
Además, con el «Concepto Integrado de Desarrollo Urbano Jena.2030+» (ISEK) —elaborado mediante un amplio proceso de consulta y aprobado por el Ayuntamiento— se dispone de directrices interdepartamentales para el futuro desarrollo urbano. En el ISEK se han recopilado las recomendaciones correspondientes para la adaptación del Plan de Ordenación Territorial, que sirven de base para su actualización.
Aquí encontrará una selección de los documentos de referencia y planes sectoriales más importantes:
- Previsión demográfica para 2035
- Concepto de desarrollo urbano integrado ISEK Jena 2030
- Plan de zonas residenciales 2035
- Plan de espacios laborales y comerciales 2035
- Plan de transporte público de Jena 2030+
- Plan paisajístico
- Desarrollo del comercio minorista
- Plan de desarrollo para las localidades rurales
- Plan de desarrollo de jardines
- Plan de clima urbano
¿Cómo se desarrolla el proceso de participación en la actualización del Plan General de Ordenación Territorial (FNP)?
Posibilidades de participación del público según el Código de Ordenación Urbanística (BauGB)
El público participa en el proceso de actualización en el marco de las fases formales del procedimiento establecidas en el Código de Urbanismo (BauGB). De acuerdo con el procedimiento establecido a nivel federal, el público y las autoridades implicadas tienen la posibilidad de expresar su opinión en (al menos) dos fases diferentes del procedimiento de elaboración:
- Fase 1: Participación temprana en la fase de planificación denominada «anteproyecto» [art. 3, apdo. 1, del BauGB] o [art. 4, apdo. 1, del BauGB]
- Fase 2: Exposición pública del «anteproyecto» [art. 3, apdo. 2, del BauGB] o [art. 4, apdo. 2, del BauGB]
Fase 1
En la participación temprana del público, se informa a los ciudadanos sobre las intenciones de planificación. El «anteproyecto» expone los objetivos y fines de la planificación en lo que respecta al desarrollo territorial de la ciudad. Para ello, el anteproyecto se somete a exposición pública. La forma en que se llevará a cabo esta información temprana se anuncia en el Boletín Oficial. También hay más información disponible en Internet. Los ciudadanos tienen la posibilidad, dentro del plazo de exposición pública, de presentar observaciones sobre el anteproyecto. Se da a las autoridades y organismos de interés público implicados la oportunidad de emitir su dictamen.
Todas las observaciones recibidas se examinan desde un punto de vista técnico para determinar de qué forma o en qué medida pueden incorporarse a la elaboración posterior del plan. El resultado de este proceso de examen es el «borrador» (fase 2). La ley no prevé, en el marco de la participación pública temprana (fase 1), ninguna información sobre el resultado del examen ni sobre la forma en que se han tenido en cuenta las observaciones. Por lo tanto, le recomendamos que siga de cerca el desarrollo del procedimiento de planificación*. Le rogamos que examine, en particular, el «borrador» del plan (fase 2) expuesto al público en el marco de la participación ciudadana, de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la BauGB. De este modo, tendrá de nuevo la oportunidad de expresar su opinión si lo considera necesario.
Fase 2
En la segunda fase de la participación pública y de las autoridades, se expondrá públicamente el«borrador»del plan de ordenación territorial. El lugar y la duración de esta exposición pública se anunciarán, al menos con una semana de antelación, en el boletín oficial según la costumbre local. También hay más información disponible en Internet. Durante el plazo de exposición pública, cualquier persona puede presentar sugerencias sobre el borrador. Se dará a las autoridades y organismos públicos implicados la oportunidad de emitir su dictamen. Todas las observaciones sobre el «borrador» (fase 2) se someten a su vez a un exhaustivo y complejo proceso de evaluación técnica para determinar en qué forma o en qué medida pueden incorporarse a la elaboración posterior del plan.
El resultado de este análisis se somete al Consejo Municipal para que tome una decisión; el Consejo Municipal sopesa los intereses públicos y privados entre sí y entre ellos, y decide al mismo tiempo cómo abordar las observaciones que usted haya presentado. Esto se lleva a cabo mediante la resolución de ponderación*.
El resultado de la ponderación se comunica de conformidad con el artículo 3, apartado 2, frase 4, de la BauGB. Dependiendo del alcance y la complejidad del procedimiento de elaboración, esto puede llevar algún tiempo. Teniendo en cuenta el resultado de la ponderación, se elabora la versión definitiva del plan y se presenta al Ayuntamiento para su aprobación.
* Notas:
Los datos de las exposiciones públicas se publican en el Boletín Oficial de la ciudad de Jena. Asimismo, los órdenes del día del Ayuntamiento se publican periódicamente en el Boletín Oficial. El Boletín Oficial puede consultarse en la página web municipal. Aquí encontrará el calendario de sesiones del Ayuntamiento, incluidos todos los órdenes del día.
Puede consultar la información sobre el tratamiento de sus datos en este documento: Obligación de información según el artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) (PDF).
Etapas del proceso de actualización hasta la fecha: «anteproyecto» del Plan General de Ordenación Territorial
Fase 1: «Anteproyecto» del Plan de Ordenación Territorial (11/2022)
Tras la aprobación de la actualización del Plan de Ordenación Territorial el 15 de noviembre de 2017 mediante la resolución de inicio del proceso por parte del Ayuntamiento (véase el Boletín Oficial 50/17 [PDF]), la fase de planificación denominada «anteproyecto» se sometió a exposición pública anticipada desde el 20 de febrero de 2023 hasta el 31 de marzo de 2023, ambos inclusive. El anuncio de dicha exposición pública anticipada puede consultarse en el Boletín Oficial 06/23 (PDF).
Durante este periodo, se dio al público la oportunidad de presentar sus observaciones (fase de participación 1).
El plazo de participación sobre el «anteproyecto» ha finalizado. La plataforma de participación está cerrada; ya no es posible participar en el «anteproyecto ».
El tratamiento de las observaciones recibidas sobre el «anteproyecto» del Plan General de Ordenación Territorial fue aprobado por el Ayuntamiento de Jena el 25 de junio de 2025 (véase el Boletín Oficial 27/25 [PDF]). La tabla correspondiente está disponible como anexo 1a de la resolución 25/0366-BV «Resolución de aprobación y exposición pública del borrador del Plan General de Ordenación»,aquí en el punto Ö 22.
Etapas del proceso de actualización hasta la fecha: «borrador» del Plan General de Ordenación Territorial
Fase 2:«Borrador» del Plan de Ordenación Territorial (03/2025)
Tras la aprobación del borrador del Plan de Ordenación Territorial por parte del Ayuntamiento mediante la resolución 25/0366-BV «Resolución de aprobación y exposición pública del borrador», de 25 de junio de 2025 (véase el Boletín Oficial 27/25 [PDF]), el «borrador» se sometió a consulta pública desde el 22 de agosto de 2025 hasta el 22 de octubre de 2025, ambos inclusive.
De este modo, el «borrador» se puso a disposición de amplios sectores de la población durante un periodo de dos meses y se les dio la oportunidad de presentar sus observaciones (fase de participación 2), con lo que se amplió considerablemente el plazo de un mes previsto en la Ley de Ordenación Urbanística.
El plazo de participación sobre el «borrador» ha finalizado. La plataforma de participación está cerrada y ya no es posible participar en relación con el «borrador ».
El Ayuntamiento de Jena se pronunció sobre las observaciones recibidas respecto al «borrador» del Plan General de Ordenación Urbana y al «anteproyecto» del mismo el 1 de julio de 2026 mediante la resolución de ponderación 26/0862-BV. La tabla correspondiente puede consultarse aquí como anexo 1.
Mediante la resolución de aprobación 26/0863-BV del Ayuntamiento de Jena, de 1 de julio de 2026, se dio por concluido formalmente el procedimiento de planificación municipal y se crearon las condiciones necesarias para presentar el Plan de Ordenación Territorial ante la autoridad administrativa superior para su aprobación.